El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial o mejor conocido por sus siglas PDOT es la principal herramienta de planificación en los niveles de gobierno descentralizados, según lo establece la Constitución, el Código de Planificación y Finanzas Públicas -CPYFP, y la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo – LOOTUGS.

Este plan sirve para definir territorialmente y en desarrollo el territorio, según las competencias constitucionales de cada nivel de gobierno, por ende, el alcance de cada uno es particular.

La elaboración del PDOT parte del conocimiento y análisis de las características de cada territorio, de los intereses y necesidades de su población; se complementa con la propuesta de las autoridades electas, contenida en su plan de trabajo.

Según el CPYFP, un PDOT bien elaborado debe contener o estar diseñado bajo los siguientes parámetros: diagnóstico, propuesta y modelo de gestión; y, al ser la herramienta principal de planificación de los niveles descentralizados, todos los GAD provinciales, cantonales y parroquiales están, por ley, obligados a realizarlo.

Los planes de desarrollo y ordenamiento territorial pueden ser actualizados por los GAD en cualquier momento, siempre y cuando se cuente con la debida justificación; a fin de mejorar y corregir anomalías en el plan vigente, introducir norma urbanística, actualizar los proyectos, corregir información cartográfica, incluir y regular instrumentos de planificación y gestión, articular y armonizar la información con los municipios circunvecinos, o evaluar el cumplimiento del mismo.

No obstante, es obligación hacerlo al inicio de gestión de las autoridades locales, cuándo un proyecto nacional de carácter estratégico se implanta en dicha jurisdicción y, por motivos de fuerza mayor o la ocurrencia de un desastre.

En el caso del Régimen Especial de Galápagos, aunque su plan posee otra denominación: Plan para el desarrollo sustentable y ordenamiento territorial, este no afecta su contenido ni sus fines.

El proceso de formulación y/o actualización de los planes de desarrollo de ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados se regula por la norma técnica que expide el Consejo Técnico de Uso y Gestión del Suelo – CTUGS. 

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