En ejercicio de sus atribuciones, la Intendencia Zonal 6 de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo y el GAD Parroquial de Sayausi firmaron un acta de cumplimiento del compromiso de remediación, producto de las observaciones realizadas por la Zonal, al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.

Es importante señalar que, una vez evaluado el PDOT parroquial, la Intendencia Zonal identificó el cometimiento de una infracción leve, contemplada en el artículo 106, numeral 1 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS), iniciando el procedimiento administrativo sancionador en contra del GAD por no incorporar el modelo territorial deseado, como parte del componente de la Propuesta del PDOT.

Este modelo es importante porque proyecta la imagen ideal de la parroquia a través de una representación gráfica del territorio, para llevar a cabo de manera sostenible, segura, adecuada, equitativa y eficiente la ocupación y actividades de la población en su territorio.

Al respecto, y con el fin de enmendar la acción u omisión que motivó el procedimiento sancionatorio, el GAD Parroquial de Sayausi presentó un plan de remediación que contemplaba varias actividades, mismas que fueron ejecutadas acorde el cronograma. Con este antecedente, la Intendencia Zonal, mediante un informe técnico estableció el cumplimiento del Acuerdo de Remediación firmado entre las partes, con lo cual el GAD evitó la sanción por la infracción antes mencionada.

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