Historia

La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 213 establece que: “Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general. Las superintendencias actuarán de oficio o por requerimiento ciudadano. Las facultades específicas de las superintendencias y las áreas que requieran del control, auditoría y vigilancia de cada una de ellas se determinarán de acuerdo con la ley (…)”

El 05 de julio de 2016 se expide la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS), mediante la cual se crea la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (Art. 95) para “la vigilancia y control de los procesos de ordenamiento territorial de todos los niveles de gobierno, y del uso y gestión del suelo, hábitat, asentamientos humanos y desarrollo urbano, que realizan los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos dentro del marco de sus competencias. La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo será una entidad técnica de vigilancia y control, con capacidad sancionatoria, personería jurídica de derecho público y patrimonio propio, que funcionará de forma desconcentrada e independiente y formará parte de la Función de Transparencia y Control Social”.

Visión

Ser una entidad técnica, reconocida por la ciudadanía y todos los niveles de gobierno, que ejerce de forma eficiente y transparente los procesos de vigilancia y control, en el marco de la normativa legal vigente; aportando al desarrollo de territorios resilientes, autónomos, seguros, inclusivos, sustentables, ambientalmente equilibrados, y socialmente justos.

Misión

Somos una entidad técnica que precautela el interés de la ciudadanía sobre el territorio, a través de la vigilancia y control de los procesos de ordenamiento territorial, planeamiento urbanístico, uso y gestión del suelo, en el marco de la normativa legal vigente, de acuerdo a las competencias de cada nivel de gobierno.

Objetivos Estratégicos

OE1. Incrementar la capacidad regulatoria de la SOT.
 
OE2. Incrementar la disponibilidad de información e interoperatividad de los sistemas de información de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo. 
 
OE3. Incrementar la eficiencia y efectividad de la vigilancia y control hacia todos los niveles de gobierno relacionadas con el ordenamiento territorial, planeamiento urbanístico, uso y gestión del suelo. 
 
OE4. Incrementar eficiencia, eficacia e instrumentación del proceso administrativo sancionador, de coactivas y remediación de la SOT. 
 
OE5. Fortalecer las capacidades Institucionales.

Principios y Valores Institucionales

TRANSPARENCIA.- Las y los servidores públicos y trabajadores desempeñarán sus funciones con claridad y diafanidad, garantizando el libre acceso a la información pública, veraz, precisa y oportuna; permitiendo que los ciudadanos y otras instituciones tomen acciones y decisiones de acuerdo a sus derechos y obligaciones.
 
IMPARCIALIDAD.- Las y los servidores públicos y trabajadores deberán desempeñar sus funciones con total imparcialidad, evitando favoritismos, predisposiciones o prejuicios; sin preferencias de ningún tipo en todos sus actos y procesos.
 
EFECTIVIDAD.- Las y los servidores públicos y trabajadores deberán alcanzar resultados con calidad a partir del cumplimiento eficiente y eficaz de los objetivos y metas, propuestos en su ámbito laboral.
 
PRINCIPIO DE LEGALIDAD.- Las y los servidores públicos y funcionarios de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo conocerán respetarán y ejercerán sus funciones de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Constitución de la República, tratados internacionales, leyes, reglamentos y demás instrumentos normativos que regulen su actuación.
 
LEGITIMIDAD.- Las y los servidores públicos y trabajadores de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo se caracterizarán por su transparencia en la gestión, veracidad en la información aportada y sometimiento al control de la sociedad, que exige a sus directivos resultados y como consecuencia responsabilidad pública.
 
INTEGRIDAD.- Las y los servidores públicos y trabajadores de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo deberán proceder y actuar con coherencia entre lo que se piensa, se siente, se dice y se hace, cultivando la honestidad y el respeto a la verdad.
 
HONESTIDAD.- Las y los servidores públicos y trabajadores de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo desempeñaran sus funciones y actuarán en base a la verdad, integridad y dignidad, sin buscar, esperar o aceptar prestación económica, compensación ni beneficio personal o favor a de terceras personas, que puedan comprometerlo como servidor público; prevaleciendo el interés colectivo ante el interés individual.
 
RESPETO.- Las y los servidores públicos y trabajadores brindarán un trato digno, amable, cordial, tolerante a los usuarios internos y externos de la institución; considerando y aceptando la condición inherente de las personas como seres humanos con derechos y deberes.
 
CALIDAD.- Las y los servidores públicos y trabajadores que integran la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo desempeñarán sus actividades bajo los más altos estándares de calidad y dentro del ámbito de sus competencias, capacidades y destrezas.
 
INDEPENDENCIA.- Las y los servidores públicos y trabajadores de la Superintendencia, actuarán sin influencia de los otros poderes públicos, así como de factores que afecten su credibilidad y confianza.