Con el objetivo que los técnicos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales conozcan la funcionalidad de la plataforma IPSOT y las responsabilidades administrativas, la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT) en coordinación con la Regional 1 de la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME), dictó este jueves 8 de julio, una inducción en los temas mencionados.

IPSOT es una plataforma diseñada y creada por la SOT para recopilar y almacenar la información de los GAD de todos los niveles de gobierno, referente a sus instrumentos de ordenamiento territorial.

En tal sentido, a través de este evento virtual, se buscó dotar a los GAD de toda la información y conocimiento necesario para la carga correcta de sus instrumentos de planificación, dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS), y así prevenir incumplimientos que contraríen la ley.

La inducción abarcó dos ponencias, la primera a cargo del Ing. Wilman Aldeán, director de registro y validación de PDOT y PUGS, y la segunda a cargo de la Arq. María Belén Vásquez, directora de ordenamiento territorial; ambos, luego de exponer sus temas, “Uso de la plataforma IPSOT” y “Responsabilidades administrativas de los GAD”, respectivamente, atendieron y solventaron las inquietudes de los participantes.

En la actual administración, esta es la segunda inducción en la que AME, a través de sus regionales, participa de manera directa. Como institución, lo que busca la SOT son más encuentros similares que coadyuven al fortalecimiento técnico en materia de ordenamiento territorial y cumplimiento de la LOOTUGS.

“La idea es que los GAD se informen en torno al tema para que no tengan ningún inconveniente al momento de cargar sus instrumentos; de esta manera cumplimos con nuestras atribuciones contempladas en la ley”, indicó Wilman Aldeán.

Por su parte, la directora de Ordenamiento Territorial, recalcó que, el plazo establecido por ley para cargar dichos instrumentos aplica para todos los niveles de gobierno, con la diferencia de que, en el caso de los GAD cantonales, deben agregar sus planes de uso y gestión del suelo (PUGS), junto con el plan de desarrollo y ordenamiento territorial (PDOT), la resolución favorable por parte del Concejo de Planificación, la ordenanza que lo sanciona, y la información geográfica; mientras que los parroquiales y provinciales no necesitan subir los PUGS.

“Los GAD cantonales deben cargar el PUGS debido a su competencia exclusiva: Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón. Ahora, una vez cargado los instrumentos, se procede a la validación, que está determinada por los procesos participativos y legales contemplados en la ley”, destacó Vásquez.

El plazo establecido por la LOOTUGS para la aprobación de los instrumentos de planificación de los GAD es hasta el 13 de septiembre del año en curso, mientras que para registrar los mismos tienen hasta 60 días posteriores, a partir de la fecha de aprobación.

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