El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Montecristi, en atención a las observaciones emitidas por esta Superintendencia, al incurrir en una infracción al Ordenamiento Territorial, tipificada en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo, artículo 108 número  “1.- Emitir actos administrativos y normativos de ordenamiento territorial y uso y gestión del suelo que contravengan: (…) b) La legislación nacional y local sobre protección del patrimonio que implique daños o deterioro de los bienes protegidos (…)”, reconoció su responsabilidad manifestando la voluntad de corregir su conducta que motivó el inicio del procedimiento sancionatorio,mediante la firma de un acta compromiso de remediación entre el cabildo y la Intendencia Zonal 4.

En este marco, el municipio de Montecristi deberá dar estricto cumplimiento al Plan de Remediación que tiene como principal compromiso reformar el acto administrativo con el que se aprueba la Urbanización Arena Beach emitida en el año 2018, con el fin de que no intercepte con el área protegida Refugio de Vida Silvestre Marino Costero-Pacoche.

En consecuencia, lIntendencia Zonal 4 dará seguimiento a la ejecución del Plan de Remediación propuesto por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Montecristi con el fin de verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos. Con esta suscripción, se procura que los instrumentos de ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo den cumplimiento al marco normativo, para una adecuada gestión del planeamiento urbanístico del cantón.

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