La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT), a través la Intendencia Zonal 7, inició el procedimiento administrativo sancionador en contra del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Centinela del Cóndor de la provincia Zamora Chinchipe, por el cometimiento de la infracción leve, tipificada en el artículo 106, numeral 1 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS), sujeta al control de la Superintendencia.

El inicio del proceso administrativo sancionador es el resultado de la ejecución del Plan Anual de Control 2022 correspondiente a la Acción Programada 002, que hace referencia a la evaluación de contenidos de los Planes de Uso y Gestión de Suelo formulados por los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos; cuyo objetivo es garantizar la correcta aplicación de las disposiciones legales y normativas relativas al ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo, de manera que se promueva el uso eficiente, equitativo y equilibrado del suelo urbano y rural, la utilización racional y sostenible de los recursos del territorio, y la protección del patrimonio natural y cultural del país.

En conocimiento del acto de inicio del procedimiento administrativo sancionador, el municipio, acogiéndose al artículo 110 de la LOOTUGS, solicitó a la Intendencia Zonal 7 de la SOT se le apruebe el compromiso de remediación con el fin de enmendar los errores del componente urbanístico del Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS) que motivó el inicio del proceso sancionatorio.

En este contexto, el GAD Municipal Centinela del Cóndor, deberá dar estricto cumplimiento al acuerdo de remediación suscrito entre las partes el 16 de noviembre de 2022, el cual busca garantizar la correcta aplicación de normativas que rigen para que el instrumento de planificación cumpla los fines para el cual fue construido.

Para el efecto, el municipio propuso un cronograma que deberá ejecutar en un plazo de tres meses conforme lo establecido en el artículo 110 inciso 2do. de la LOOTUGS, mismo que contempla, entre otras actividades, la elaboración del informe de justificación técnica expedida por la Dirección de Planifica del GAD Municipal para la actualización del PUGS; realizar taller de participación con los actores territoriales, con el fin de recoger todas sus inquietudes y aportes.

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