La Intendencia Zonal 4 de esta Superintendencia inició un procedimiento administrativo sancionador en contra del Gobierno Parroquial Rural Membrillal, por una infracción tipificada en el artículo 106, numeral 4 de la LOOTUGS, por no proporcionar la información requerida por la Superintendencia de Ordenamiento Territorial y Uso y Gestión del Suelo.
Al respecto, mediante un informe técnico la Intendencia Zonal 4 comunica que, el GAD Parroquial no entrega la información solicitada por la Intendencia, esto en función de que se ha requerido se registre, en la plataforma IPSOT 2.0, el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, así como la resolución o acto administrativo publicado en el Registro Oficial.
Por su parte, el GAD Parroquial, una vez conocido del procedimiento, acogiéndose al Art. 110 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión de Suelo, y al Art. 93 de su Reglamento, presentó a la Intendencia Zonal 4 un compromiso para remediar el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la ley, que consiste en:
“Registrar en la Plataforma “IPSOT” el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) parroquial rural; Acta de resolución favorable del consejo de planificación; y la Resolución que sanciona y pone en vigencia el PDOT parroquial debidamente publicado en el registro oficial”.
En tal virtud, el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural Membrillal, entidad pública sujeta a control de la Superintendencia y la Intendencia Zonal 4 suscribieron el “Acta de Compromiso de Remediación” en la que se señala un plazo de tres meses; esto es, hasta agosto de 2023, para que el GAD cumpla con el Plan de Remediación conforme lo determina el artículo 110 de la LOOTUGS. En caso de incumplimiento, la Zonal pertinente, continuará con la sustanciación del Procedimiento Administrativo Sancionador.
Dato: Es importante señalar que, el artículo 68 del Reglamento de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo determina que los GAD deben registrar los planes de desarrollo y ordenamiento territorial y los planes de uso y gestión del suelo ante esta Superintendencia.
Dirección de Comunicación Social
Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo
comunicacion@sot.gob.ec