La competencia de gestión de riesgos es una competencia de orden nacional. Si bien tiene una rectoría el gobierno nacional, también existe una importante participación de los gobiernos autónomos descentralizados. En lenguaje jurídico: se abre una concurrencia de competencias, que una entidad ostente como tal competencia en la Constitución no obsta que los otros niveles de gobierno también contribuyan y participen desde el ámbito de sus propias funciones.