La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT), mediante Resolución Nro. SOT-INAR-DIRPI-2026-091, de 2 de octubre de 2026, declaró la responsabilidad administrativa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui (GADM Rumiñahui) por incurrir en la infracción grave prevista en el artículo 107, número 7, de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (LOOTUGS), relacionada con el incumplimiento de la obligación de subir información actualizada al Catastro Nacional Integrado Georreferenciado, conforme a las normas, estándares, protocolos, plazos y procedimientos establecidos para el efecto.

Dentro del procedimiento administrativo sancionador Nro. SOT-INOT-DOT-PAS-2026-002, se determinó que el GADM no cumplió integralmente con las condiciones técnicas exigidas por la normativa relacionadas con la actualización de la información catastral, como la estructura de la clave catastral, los parámetros del sistema de referencia y la implementación integral del Sistema de Información Geográfico Catastral Local (SIGCAL). De los 133 parámetros técnicos evaluados, la municipalidad no acreditó el cumplimiento de 33, equivalentes al 24,81 % del total.

En consecuencia, la SOT impuso al GADM Rumiñahui una sanción económica de USD 14.255,18 dólares de los Estados Unidos de América y, como medida de reparación, dispuso que el GADM complete y actualice la información catastral municipal que presentó incumplimientos, tanto en sus componentes alfanumérico como geográfico; que cargue integralmente dicha información en su SIGCAL; y que remita a esta Superintendencia la documentación que permita verificar su cumplimiento.

De acuerdo con los registros de las cuentas regionales del Banco Central del Ecuador, el Valor Agregado Bruto del GADM del cantón Rumiñahui asciende a USD 1.213,45 millones de dólares de los Estados Unidos de América, que comparado con las estimaciones basadas en el anuario de Estadísticas Tributarias en América Latina y el Caribe de la CEPAL, se estima que el GADM estaría dejando de percibir 7.8 millones de dólares anuales al no cumplir su obligación de mantener actualizado su catastro, conforme a la norma vigente.

La SOT reafirma su compromiso con la vigilancia y el control del ordenamiento territorial, el uso y gestión del suelo, así como el cumplimiento de la normativa técnica catastral, promoviendo que la información territorial administrada por los gobiernos autónomos descentralizados sea actualizada, confiable y adecuada para la planificación y gestión del territorio.

Nota: este comunicado se sustenta en los hechos y actuaciones que constan en el procedimiento administrativo sancionador, sin perjuicio del derecho de las partes a ejercer los recursos previstos en la ley.

Dirección de Comunicación Social
Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo
comunicacion@sot.gob.ec