En aplicación de la figura legal prevista en el artículo 110 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (LOOTUGS), la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT) suscribió el acta de compromiso de remediación Nro. SOT-IZ2-ACR-2026-001 con el GADM La Joya de los Sachas, con lo cual el GAD dispone de un plazo de tres meses para corregir su conducta, contemplada como infracción administrativa conforme a la normativa vigente, y evitar ser sancionado.
En este contexto, la SOT instauró un procedimiento administrativo sancionador por el presunto cometimiento de la infracción tipificada en el artículo 107, número 1 de la LOOTUGS, al tener indicios claros de que la entidad controlada no ejerció sus competencias de control y sanción sobre infracciones de ordenamiento territorial. Esta omisión se materializó en la falta de intervención oportuna frente a las actividades constructivas detectadas en un predio donde se constató la ejecución de edificaciones sin la obtención previa del Informe Predial de Regulación de Uso de Suelo (IPRUS), así como, la apertura de vías internas y el acopio de material pétreo sin la debida autorización municipal.
La remediación se enfoca en subsanar la omisión del GADM La Joya de los Sachas respecto a su deber de control y sanción sobre el ordenamiento territorial. Para lo cual se estableció un cronograma, responsables del cumplimiento, mecanismos del GAD para remediar, así como, la determinación de los bienes jurídicos afectados:
- Orden público urbanístico: Restablecimiento del ejercicio efectivo de la potestad de control del gobierno municipal sobre el territorio cantonal.
- Planificación territorial: Garantizar el cumplimiento del régimen de uso y ocupación del suelo establecido en el PDOT y el PUGS del cantón.
- Seguridad jurídica: Asegurar que toda intervención en el territorio cuente con los permisos administrativos correspondientes conforme a la normativa vigente.
De esta manera, la actuación de la SOT evidencia el rol estratégico como entidad técnica de control, cuya intervención no solo busca sancionar las acciones u omisiones, sino que enfatiza la remediación de los efectos derivados del incumplimiento normativo. En este sentido, la actuación de la Superintendencia contribuye al fortalecimiento de los mecanismos institucionales de control, garantizando que el GAD ejerza sus competencias, corrija las irregularidades detectadas y evite la consolidación de ocupaciones que contravengan la planificación urbana cantonal.
Finalmente, la Superintendencia reafirma su compromiso con el fortalecimiento de los procesos y la correcta gestión del suelo, mediante la aplicación de la remediación, contribuyendo a la protección del interés público y al desarrollo ordenado de las ciudades.
Dirección de Comunicación Social
Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo
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