La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT), mediante Resolución Nro. SOT-INAR-DIRPI-2026-098, de 16 de octubre de 2026, declaró la responsabilidad administrativa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Cuenca (GADM Cuenca) por incumplir la obligación de aplicar integralmente su Plan de Uso y Gestión de Suelo (PUGS) al emitir un informe favorable de no oposición para el proyecto denominado “Plataforma Logística para el Fortalecimiento de la Gestión Desconcentrada del Gobierno Provincial del Azuay (GPA) en los Cantones y Parroquias de la Cuenca del Río Paute”, sin considerar los usos de suelo contemplados en el instrumento de ordenamiento territorial.

Dentro del procedimiento administrativo sancionador Nro. SOT-IZ6-PAS-2026-004, se identificaron once actividades proyectadas, mientras que el pronunciamiento municipal examinó únicamente cuatro. Esta evaluación incompleta por parte del GAD permitió que emita un criterio favorable sin verificar integralmente la compatibilidad de las actividades con lo dispuesto en el PUGS, pese a que el proyecto contemplaba usos contrarios a las determinaciones del instrumento cantonal, incluido un componente residencial prohibido en el polígono analizado.

Además, el municipio calificó como permitidas las ferias agroecológicas y la tienda campesina sin justificar motivadamente su clasificación ni verificar las condiciones correspondientes a su carácter restringido. El informe de no oposición sirvió de sustento para continuar las actuaciones dirigidas a la concreción del proyecto.

En consecuencia, la SOT impuso al GADM Cuenca una multa de USD 19.528,05 dólares de los Estados Unidos de América, por la infracción grave prevista en el artículo 107, número 4, de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (LOOTUGS), que establece: “Incumplir con la obligación de aplicar los instrumentos, que de conformidad con esta Ley, sean obligatorios”.

Como medida de reparación, se dispuso revisar el informe de no oposición y adoptar las actuaciones administrativas y jurídicas correspondientes respecto de su validez y efectos. Asimismo, se ordenó emitir un nuevo pronunciamiento motivado, basado en información completa, que evalúe integralmente las actividades del proyecto y determine su compatibilidad con las condiciones, restricciones y prohibiciones del PUGS. El GADM Cuenca deberá ejecutar y acreditar estas medidas ante la Intendencia Zonal 6 de la SOT.

La SOT reafirma su compromiso con el cumplimiento de la planificación territorial y la adecuada implantación de usos de suelo. Los proyectos públicos deben observar las condiciones territoriales obligatorias que rigen para toda intervención.

Nota: Este comunicado se sustenta en los hechos y actuaciones que constan en el procedimiento administrativo sancionador, sin perjuicio del derecho de las partes a ejercer los recursos previstos en la ley.

 

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