La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT) declaró la responsabilidad administrativa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Sevilla de Oro (GADM Sevilla de Oro), por haber incurrido en la infracción grave prevista en el artículo 107, número 7, de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (LOOTUGS), relacionada con el incumplimiento de las obligaciones de actualización y remisión de la información del Catastro Nacional Integrado Georreferenciado, conforme a los estándares y disposiciones emitidas por el ente rector.
La sanción se deriva del procedimiento administrativo sancionador Nro. SOT-IZ6-PAS-2025-016, iniciado a partir de una acción de control, mediante la cual se verificó que el GADM Sevilla de Oro no acreditó el cumplimiento de los parámetros técnicos establecidos en la Norma Técnica Nacional de Catastros, al registrar incumplimientos en siete (7) atributos obligatorios del componente “Predio” y cuatro (4) del objeto “Zona Económica”. Asimismo, no acreditó el cumplimiento de los requisitos técnicos del Sistema de Información Geográfico Catastral Local (SIGCAL), relativos a la integración de los procesos de gestión correspondientes, así como de la metodología para la determinación de los valores catastrales y de los parámetros de exactitud posicional de los predios, al no presentar evidencia técnica suficiente que permita verificar su conformidad con la normativa.
En consecuencia, mediante Resolución Nro. SOT-INAR-DIRPI-2026-060, la SOT impuso al GADM Sevilla de Oro una multa de USD $ 19.954,87 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, calculada conforme al régimen sancionatorio previsto en la LOOTUGS y los criterios de proporcionalidad aplicables. Como medida de reparación, se dispuso la actualización de la información catastral urbana y rural de su circunscripción territorial, conforme a las normas, estándares, protocolos, plazos y procedimientos técnicos establecidos por el ente rector de hábitat y vivienda, debiendo informar sobre sus avances y cumplimiento a esta Superintendencia, reservándose el derecho de iniciar acciones de vigilancia o control futuras.
De acuerdo con los registros de las cuentas regionales del Banco Central del Ecuador, el Valor Agregado Bruto del GADM Sevilla de Oro asciende a USD $159.802.000,00 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, que, comparado con las estimaciones basadas en el anuario de Estadísticas tributarias en América Latina y el Caribe de la CEPAL, el GADM estaría dejando de percibir 1,5 millones de dólares anuales, al no cumplir su obligación de mantener actualizado su catastro conforme a la norma vigente.
La SOT recuerda que la actualización permanente del Catastro Nacional Integrado Georreferenciado constituye una obligación de los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos, ya que es un instrumento esencial para fortalecer la planificación territorial y la gestión eficiente del suelo.
Este comunicado se sustenta en los hechos y actuaciones que constan en el procedimiento administrativo sancionador, sin perjuicio del derecho del administrado a impugnar la resolución en sede administrativa o judicial.
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