La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT), mediante Resolución Nro. SOT-INAR-DIRPI-2026-089, de 22 de septiembre de 2026, declaró la responsabilidad administrativa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Loja (GADM Loja) por incurrir en la infracción grave prevista en el artículo 107, número 7, de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS), relacionada con el incumplimiento de la obligación de subir información actualizada al Catastro Nacional Integrado Georreferenciado, conforme a la normativa técnica aplicable.
Dentro del Procedimiento Administrativo Sancionador Nro. SOT-INOT-DOT-PAS-2026-001, se determinó que el GADM Loja no acreditó de manera integral el cumplimiento de los parámetros técnicos exigidos para la actualización, validación y remisión de la información catastral. Entre los principales hallazgos se identificaron deficiencias en la actualización, entrega de información, exactitud posicional, estructura de la clave catastral, sistema de referencia e implementación integral del Sistema de Información Geográfico Catastral Local (SIGCAL).
La evaluación determinó que, de los 133 parámetros técnicos evaluados, el GADM Loja no acreditó el cumplimiento de 121, equivalentes al 90,98%. En particular, no se verificó el cumplimiento de los 21 parámetros del Anexo A ni de los 19 del Anexo B. Mientras que, en el Anexo C, se verificó el cumplimiento de 9 de los 70 parámetros del componente predio, 3 de 15 parámetros del componente construcciones y ninguno de los 8 parámetros correspondientes a vivienda.
Asimismo, se verificó que el SIGCAL no se encontraba implementado y operativo de manera integral, que no se acreditaron suficientemente los parámetros de exactitud posicional; y que la entrega periódica de información catastral al ente rector fue parcial.
En consecuencia, la SOT impuso al GADM Loja una multa pecuniaria de USD 20.051,78 dólares de los Estados Unidos de América y, como medida de reparación, se estableció que complete y actualice integralmente su información catastral urbana y rural, en sus componentes alfanuméricos y geoespaciales; que cargue la información de manera completa al SIGCAL, conforme a la Norma Técnica Nacional de Catastros; y que actualice el acto normativo de valoración catastral.
De acuerdo con los registros de las cuentas regionales del Banco Central del Ecuador, el Valor Agregado Bruto del GADM Loja, asciende a USD $1.390,56 millones de dólares de los Estados Unidos de América, que comparado con las estimaciones basadas en el anuario de Estadísticas Tributarias en América Latina y el Caribe de la CEPAL, el GADM estaría dejando de percibir aproximadamente 9.8 millones de dólares anuales, al no cumplir su obligación de mantener actualizado su catastro, de conformidad con la normativa vigente.
La SOT reafirma su compromiso con la vigilancia y el control del ordenamiento territorial, el uso y gestión del suelo, así como con el cumplimiento de la normativa técnica catastral, promoviendo información territorial actualizada, confiable y adecuada para la planificación y gestión del territorio.
Nota: este comunicado se sustenta en los hechos y actuaciones que constan en el procedimiento administrativo sancionador, sin perjuicio del derecho de las partes a ejercer los recursos previstos en la ley.
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